El Gobierno estudia pagar parte del paro a trabajadores con contrato a tiempo parcial

Publicado el 11-11-2009 , por Expansión. Bruselas

El Gobierno estudia implantar una nueva propuesta sindical. Tras la aprobación del subsidio de 420 euros –conocido como cheque parado– la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, se mostró ayer dispuesta a estudiar la implantación en España del modelo que ha utilizado Alemania para atenuar el aumento del paro durante la actual crisis, que se basa en una reducción de la jornada laboral combinada con prestaciones sociales para los trabajadores.


“Si ha tenido buenos resultados en otros países, y si en nuestro país las organizaciones sindicales, al menos las dos organizaciones sindicales más importantes, están dispuestas a hablar de este tema, el Gobierno también lo está”, defendió Salgado. La vicepresidenta avaló la intención de las organizaciones sindicales de que la reducción de jornada sea el tema en el que se centre el diálogo social durante las próximas semanas, si finalmente, como se prevé, se reanuda.

De lo que se trata, según Salgado, es de que los trabajadores de empresas con problemas tengan “la opción de poder compatibilizar una prestación por desempleo, es decir, un pago realizado desde los presupuestos públicos, con el mantenimiento de algunas horas de trabajo”.

La patronal, dispuesta
El secretario general de la CEOE, José María Lacasa, dejó claro ayer el interés de la patronal por “entrar a analizar” prácticas como las mencionadas por Salgado y “ver cómo las podemos aplicar en España”. Hay que recordar que los empresarios no se opusieron a la implantanción de la ayuda de los 420 euros.

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Mientras España dedica sus esfuerzos a la protección social, los ministros de Economía de la UE reclamaron desde Bruselas la adopción “urgente” de medidas para garantizar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, en riesgo por el aumento del gasto debido al envejecimiento de la población.
Los Veintisiete recomendaron reformas en los sistemas de pensiones, y entre ellas el retraso de la edad de jubilación, aunque Elena Salgado no lo ve necesario en España.
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La CEOE aprueba el acuerdo para desbloquear los convenios colectivos de 2009

Madrid, 11 nov (EFE).-

La Junta Directiva de la CEOE aprobó hoy por unanimidad el acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT para desbloquear los convenios colectivos pendientes en 2009, lo que abre la puerta a la negociación para los tres próximos años y a la reanudación del diálogo social.

Según confirmaron a Efe fuentes de la patronal, el documento, denominado "Compromiso de actuación entre CEOE y CEPYME y CCOO y UGT, sobre la negociación colectiva pendiente de 2009, significa "un paso positivo para que antes de final de año comience un proceso de concertación de un acuerdo interconfederal.

Dicho documento se firmará el próximo día 18 a las 16.30 horas en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), según confirmó a Efe el secretario de Comunicación de CCOO, Fernando Lezcano, un día después de que este sindicato celebre su Comisión Ejecutiva.EFE

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La empresa debe incluir en la bolsa de trabajo al empleado que despidió

Publicado el 19-10-2009 , por Mercedes Serraller. Madrid

El Tribunal Supremo confirma la nulidad de la exclusión y que la indemnización debe recoger los salarios dejados de percibir sólo en los períodos en que se contrató a trabajadores con inferior puntuación. La empresa recoge la carga de la prueba.

Las empresas no pueden establecer cláusulas que impidan que los empleados a los que hayan despedido entren en su bolsa de trabajo. Así lo estima el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia que resuelve que la indemnización a pagar a una trabajadora por haber sido excluida de las listas de empleo se basa en los salarios dejados de percibir, pero únicamente en los períodos en que se hubiera contratado a trabajadores con inferior puntuación.

De esta forma, recae en las compañías la carga de la prueba de los daños y perjuicios que sufran los empleados por este motivo en las situaciones de despido nulo, despido por causas objetivas, económicas, tecnológicas y por fuerza mayor y despido colectivo, y en los actos preparatorios de los despidos no indemnizados. Como la compañía no probó que había contratado a empleados con menor cualificación, tuvo que indemnizar a la trabajadora con el total del salario dejado de percibir.

Los hechos atañen a una empleada cuyo despido por parte de Correos se declaró nulo. Se reincorporó a la compañía, fue cesada de nuevo y cobró indemnización.

En el acuerdo sobre el procedimiento de contratación del personal laboral temporal en la sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, al igual que en muchas empresas, consta como requisito para formar parte de la bolsa de empleo “no haber sido despedido ni indemnizado por despido en Correos”.

Tras el cese de la empleada, y a consecuencia de la interposición de demanda de despido, Correos la excluyó de las listas. Se convocó la constitución de bolsas de empleo destinadas a la cobertura temporal de puestos base, a la contratación de personal fijo-discontinuo y al posterior ingreso como personal laboral fijo de correos. La trabajadora presentó solicitud para formar parte de las bolsas de empleo y fue rechazada por no cumplir el requisito de no haber sido despedida ni indemnizada por despido.

La empresa recurrió al Supremo porque el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana le condenó a abonar la indemnización teniendo en cuenta sólo los salarios dejados de percibir, sin tener en cuenta si se había contratado a gente con menos puntuación, supuesto en el que la multa sería menor.

De esta forma, el Supremo recuerda que la reparación del daño exige la acreditación de éste, que ha de realizarse con criterios objetivos que han tener en cuenta “los salarios dejados de percibir, aunque limitados a los periodos en que hubiesen sido contratados trabajadores con inferior preferencia en tales listas... y en el reconocimiento de tal privación contractual a los efectos –económicos– del cómputo de ese tramo”.

Y es así, prosigue, “porque el daño, que es elemento constitutivo necesario de la reparación, ha de ser efectivo y no se produce por la simple exclusión de la lista y la falta de empleo, sino que tiene que ponderar también la pérdida de las oportunidades de trabajo y no una mera expectativa de ocupación. Sólo hay pérdida efectiva de empleo cuando se ha producido la contratación de personas que ocupaban en las listas una posición inferior”.

En la demanda, la trabajadora afirma que en el periodo en que ha estado excluida de la lista, Correos “contrataba, todos los días, temporalmente a trabajadores con menor derecho”. Sin embargo, recuerda el Tribunal Supremo, “ante una afirmación como ésta, la demandada estaba obligada a negarla de manera inequívoca y acreditar, en virtud del principio de proximidad o control de la prueba, que en el periodo en cuestión no había sido contratada ninguna persona con puntuación inferior en la lista”. Pero “no lo hizo así”.

De lo sucedido, el Alto Tribunal concluye: “No cabe duda acerca de que es la empresa, y no el trabajador, quien tiene la mayor disponibilidad de los elementos probatorios acerca de la existencia o inexistencia de determinada vacante en un momento concreto, no sólo porque a su alcance se encuentra la pertinente documentación, sino además porque la posible inexistencia, pese a tratarse de un hecho negativo, puede perfectamente probarla, en el caso de ser cierta, por cualquiera de los demás medios admitidos en derecho”.

Toda la Sentencia

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Impuestos derivados de la compra de una vivienda

IVA, impuesto de transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados... El precio de la vivienda puede incrementarse hasta el 8% al añadir los impuestos.

Para calcular el precio final de una vivienda hay que tener en cuenta los impuestos que gravan la adquisición o transmisión del inmueble y su escritura. Estos tres son los que están actualmente en vigor:

- El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Se paga únicamente en la transmisión de viviendas nuevas (primera transmisión), normalmente cuando se adquieren a un promotor. Para vivienda nueva en régimen libre se aplica un 7% y para vivienda nueva de protección pública un 4%.

Este gravamen se aplica en la entrega de edificios destinados principalmente a viviendas (edificaciones en que al menos el 50% de la superficie construida se destine a viviendas), incluidos garajes y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente y, siempre que el número de plazas de garaje a asignar a cada propietario no exceda de dos unidades. El pago se realiza al vendedor quien, a su vez, ingresará el impuesto en la Hacienda Pública.

- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: Este impuesto se aplica únicamente en las compraventas de viviendas de segunda mano (de segunda o posteriores transmisiones) y el tipo se sitúa en el 6% ó 7%, según Comunidad Autónoma. El importe del impuesto lo ingresa el propio comprador en la Hacienda Autonómica correspondiente al lugar en que se halle situado el inmueble.

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): Grava los documentos notariales, en este caso la propia escritura de compraventa. Estos documentos notariales tributarán al tipo de gravamen que haya sido aprobado por la comunidad autónoma (hasta el 1%) y en su defecto al 0,50%.

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Cómo afectarán a cada bolsillo los nuevos Presupuestos

El marco que establecen los Presupuestos generales del Estado afecta directamente al bolsillo de los ciudadanos

28/09/2009 - 08:48 - COLPISA

El marco que establecen los Presupuestos generales del Estado afecta directamente al bolsillo de los ciudadanos. Las ayudas al desempleo, los programas de formación, las becas de los estudiantes, los sueldos de los funcionarios, las pensiones de jubilados y viudas salen de las partidas de gasto. A financiarlas se destinan los impuestos que todos pagamos. Estos son los principales cambios que se dejarán notar en 2010.


. Salarios: Desde el 1 de enero del próximo año desaparece la deducción fiscal de 400 euros. Los asalariados lo van a notar porque la retención que se aplica sobre sus remuneraciones aumentará en la mayor parte de los casos.

. Cesta de la compra: Sufrirá un notable encarecimiento a partir del 1 de julio. Sólo una reducida lista de alimentos básicos (pan, leche, huevos, fruta) conserva el IVA del 4%. El resto de los productos experimenta un incremento de un punto, desde el 7% al 8%.

. Presupuesto doméstico: Los billetes del transporte de viajeros, la compra de vivienda habitual, también aumentan de gravamen, desde el 7% al 8%, lo mismo que las tasas por recogida de basuras, entre otras. Pero será en este capítulo donde más se dejará sentir el incremento del tipo general del IVA, que se aplica a las compras de ropa y ajuar doméstico y a prácticamente la mitad de los bienes y servicios.

. Consumiciones: La factura de los bares, restaurantes y hoteles se encarecerá igualmente a partir del 1 de julio, porque el IVA de todos los servicios que prestan se elevará en esa fecha en un punto, hasta el 8%.

. Parados: La cobertura a la que tienen derecho está garantizada. Pero muchos van a ver reducida la cantidad que reciben si no encuentran trabajo. Algunos pasarán a cobrar el subsidio contributivo, y otros la ayuda a la reinserción (420 euros mensuales por un periodo de seis meses).

. Pensionistas: Desde el 1 de enero la prestación tendrá una subida media del 1%. No van a cobrar actualización, porque es seguro que la tasa de inflación no superará el 2% anual el próximo noviembre. Algunos colectivos que reciben cantidades mínimas tendrán un aumento mensual de 15 euros.

. Estudiantes: El presupuesto destinado a becas va a crecer, pero las condiciones de acceso pueden limitarse. El indicador denominado IPREM que se utiliza como referencia de rentas se actualiza con un aumento de apenas el 0,3%.

. Ahorradores: Las ganancias que proporcionan todo tipo de productos de inversión sufren un aumento del gravamen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Para las que no alcanzan los 6.000 euros, la subida del tipo se limita a un punto, hasta el 19%. Por encima de esa cuantía, el gravamen trepa al 21%.

Los 100.000 privilegiados que obtienen al año más de 60.000 euros pagarán a Hacienda 5.000 euros más como media.

. Grandes patrimonios: Los inversores refugiados en las sicav van a tener el mismo tratamiento que el resto. Cuando cobren dividendos o ganen dinero con la venta de títulos que no revierten en el capital se medirán por idéntico rasero: un tipo del 21% a partir de los 6.000 euros. Quienes obtengan ganancias superiores al millón de euros verán incrementada su aportación al Fisco en 30.000 euros.

. Pequeños empresarios: Si tienen menos de 25 trabajadores e ingresan menos de 5 millones de euros al año verán gravados sus beneficios en un 20% -en lugar de un 25%-, siempre que mantengan o incrementen el empleo. Esta ventaja se extiende a los autónomos que tributan por el IRPF.

. Empleados públicos: Los de la administración del Estado se quedan muy cerca de la congelación salarial. El Presupuesto establece un aumento del 0,3% en sus salarios, y destina otro 0,3% sobre masa salarial a incrementar sus fondos de pensiones.

. Vivienda: Es el último año para adquirir una vivienda con las ventajas fiscales actuales. Se confirma que en el 2011 se suprimirá la desgravación para las rentas superiores a 24.000 euros anuales.

. Carburantes: La futura ley de Economía Sostenible incorporará un gravamen adicional sobre gasolinas y gasóleos, con el propósito de reducir las emisiones de CO2. Pero también incluirá incentivos encaminados a premiar a quienes contaminen menos.

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El Euríbor continuará bajando hasta situar el nivel aproximadamente en el 1,20%

02/10/2009 - 11:59 - EUROPA PRESS

El Euríbor, tipo al que se conceden la mayoría de las hipotecas en España, situó hoy su tasa diaria en el 1,235%, con lo que baja ligeramente respecto a la tasa de ayer (1,237%), que interrumpió ocho sesiones seguidas de descensos, de forma que la media mensual se sitúa en el 1,236%, 0,025 puntos por debajo de la media de septiembre (1,261%).

El nivel registrado en septiembre es un nuevo mínimo histórico que permitirá a los consumidores ahorrarse unos 325 euros al mes y 3.900 euros al año. Los usuarios que tengan una hipoteca media de unos 150.000 euros, a 30 años y con un diferencial de 0,85% (las entidades lo han incrementado en el último año), pagarán 562 euros al mes si se le aplica el Euríbor de septiembre, 325 euros menos de lo que pagaban hace un año (887 euros).

El Euríbor continuará bajando hasta situar el nivel aproximadamente en el 1,20%. Los expertos aseguran que el indicador registrará algunos movimientos de corrección al alza durante el mes, pero no comenzará a repuntar hasta la segunda mitad de 2010, si las instituciones monetarias comienzan a subir los tipos de interés.

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Ecobachillerato (portal de economia, educacion, oposiciones y empleo publico)

Ecobachillerato portal de economía, oposiciones y empleo público relacionado con la educación. Aquí es posible encontrar abundante información relacionada con la educación. Cuenta con una bolsa de empleo, material para aprobar oposiciones (libros recomendados, temario, exámenes resueltos....). También se puede encontrar material para utilizar en clase (blogs de alumnos, vídeos educativos, temas para debate, cuestionarios, diccionarios, actividades extraescolares, pizarras virtuales,....)


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Infoempleo mejora sus herramientas para buscar trabajo

Lanza Páginas Personales, una forma más eficaz para darse a conocer al mercado laboral

Infoempleo, el portal de búsquedas de trabajo de Vocento, presenta Páginas Personales, una herramienta que permite a los usuarios crear sus webs personales y gestionarlas con total libertad.

Este desarrollo se aleja de las soluciones habituales ofrecidas por portales de empleo, y da a los usuarios la oportunidad de contar con un espacio único en el que sus perfiles profesionales se alejen del carácter plano del currículum tradicional.

Las webs personales dan a sus usuarios la posibilidad tanto de mantener un CV actualizado como de alimentar sus perfiles con todo aquello que les dé valor como profesionales, elementos que un CV tradicional no puede contemplar: presentar sus proyectos, fotografías de los momentos clave de su carrera, darse a conocer personalmente a las empresas con un videocurrículum, relacionarse con otros profesionales o compartir información sobre su sector son sólo algunas de las utilidades que los usuarios de Páginas Personales pueden disfrutar.

Páginas Personales permite que los candidatos tengan un dominio con su nombre, creado y administrado por ellos mismos.

29/09/2009 - 08:36 - FINANZAS.COM
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Así queda la reforma fiscal (10.000 Millones para el Estado)

26/09/2009 - 14:25


Ya tenemos sobre la mesa quiniela fiscal que maneja el Gobierno con lo que espera obtener unos ingresos adicionales de casi 10.000 millones de euros, 6.500 de los cuales tendrán un efecto en caja durante el año 2010, lo que permitirá reducir en tres décimas el objetivo de estabilidad que aprobó el Gobierno para el Estado. Así, en 2010 la Administración Central tendrá un déficit del 5,4%.

Pero todavía queda mucha tela por cortar y algunos de lo impuestos modificados, así como alguno que no se ha mencionado en la presentación de los Presupuestos Generales del Estado, serán probablemente retocados en la tramitación parlamentaria. El Gobierno no se tiene asegurado la aprobación de los mismos y no le queda más remedio que negociar la subida impositiva con el resto de fuerzas políticas para que le aprueben las cuentas de 2010.

En resumen, de inicio se pretende elevar el IVA, el gravamen en las rentas de capital y eliminar la deducción de 400 euros, además, de recortar el Impuesto de Sociedades a la PYMES

El IVA subirá dos puntos hasta el 18% y el reducido un punto al 8%

Ahora el IVA gravaba de tres formas: al 16% el tipo general,el reducido que lo hace al 7% que afecta al transporte, vivienda libre y servicios y el tipo super reducido que lo hace al 4% que eleva el precio de productos de primera necesidad como pan o alimentos frescos.

A partir del 1 de julio del próximo año, el tipo general del IVA subirá dos puntos desde el 1 de julio de 2010, hasta el 18%, y el tipo reducido un punto, hasta el 8%, y se mantendrá, en cambio, el tipo superreducido (del 4%) aplicable a los bienes de primera necesidad.

El Gobierno estima que la subida del IVA aportará 5.150 millones de euros a las arcas del Estado en el segundo semestre de 2010.

La eliminación de la deducción de 400 euros es la mayor subida de impuestos de la historia

El Gobierno eliminará la deducción de los 400 euros en el IRPF establecida para los perceptores de rendimientos del trabajo y de actividades económicas, al entender que las circunstancias que llevaron a su creación para ayudar a las familias, que tenían que afrontar una mayor tasa del euríbor o una inflación muy elevada, han desaparecido en la actualidad. La supresión permitirá al Estado ingresar 5.700 millones de euros.

Esta medida supone modificar las rentas de trabajo, aunque el Gobierno insista en que no los iba a modificar. La eliminación de los 400 euros son la mayor subida de impuestos de la historia, aunque se realice de manera indirecta.

En principio, el Gobierno lo ha presentado como una eliminación sin excepciones, pero la tramitación parlamentaria de los Prepuestos Generales del Estado puede que se mantengan para las rentas más bajas. No obstante, Hacienda ha barajado la posibilidad de mantenerlo para las rentas menores de 30.000 euros.

Las rentas del ahorro se elevarán del 18% al 19% para los primeros 6.000 euros y el resto al 21%

El tipo aplicable son los rendimientos de capital obtenidos por plusvalías de fondos, acciones, operaciones inmobiliarias o los intereses de cuentas, rentas fijas y depósitos se eleva al 19% desde el 18% anterior, para los primeros 6.000 euros y el resto, tributarán al 21%.

El cambio fiscal de las rentas de capital permitirá ingresar 800 millones de euros. "Gravar las rentas de capital tiene escasa capacidad recaudatoria, muy por debajo de lo que aportaría si se modificara los tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o la fiscalidad de las empresas", explican desde José María Mollinedo, secretario general de Gestha. Aunque opinan que la medida está bien orientada para equilibrar la fiscalidad entre los rendimientos de trabajo y de capital. La renta por trabajo tributa al 24% frente al 18%. "Se paga más por trabajar que por vivir de las ganancias del capital, cuando en realidad deben ser aquéllos que obtengan mayores ingresos por rendimientos del capital los que aporten también más a la Hacienda Pública", aconsejan los expertos.

Las Sicavs, moneda de cambio en la negociación parlamentaria

Las Sicavs, sociedades de inversión local, ha estado en el punto de mira del Gobierno para recibir mayor presión fiscal, ya que son uno de los instrumentos financieros que utilizan los grandes patrimonio para realizar sus inversiones. Las Sicav tributan al 1% por los ingresos que generen sus inversiones en mercados cotizados, bien sean dividendos o plusvalías.

En rueda de prensa, la ministra de Economía, Elena Salgado, ha indicado que no tenían contemplado cambiar la fiscalidad de estos instrumentos, pero no ha negado que durante la tramitación parlamentaria se incluyan modificaciones, por lo deja abierta la puerta a elevar la presión fiscal, según se desprende de sus palabras. No en vano, considera lógico que si la reforma fiscal modifica la tributación de los fondos de inversión, debería cambiar la fiscalida de las Sicavs.

Baja el Impuesto de Sociedades para PYMES

El Gobierno ha aprobado un recorte de cinco puntos del Impuesto sobre Sociedades, hasta el 20%, para las pymes con menos de 25 trabajadores e ingresos menores a 5 millones de euros que mantengan o creen empleo y esta misma medida se trasladará también a los autónomos. Esta reducción mermará los ingresos del Estado en 700 millones de euros. En principio es una medida temporal.

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Ahorra 4.000 euros al año sabiendo elegir en qué supermercado comprar

Según la OCU

Alcampo, Dia y Mercadona son los supermercados más baratos

23/09/2009 - 14:02
- EUROPA PRESS

Los consumidores españoles pueden ahorrarse una media de entre 1.130 y 1.745 euros al año en la cesta de la compra si acuden a los establecimientos más baratos de su ciudad, con un ahorro máximo que alcanza los 4.023 euros en el caso de Madrid, según el 'Estudio anual de la cesta de la compra' presentado hoy por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

El informe, realizado tras visitar 910 establecimientos de 53 ciudades, pone de manifiesto que el ahorro que pueden obtener las familias en el actual contexto de crisis es mayor que otros años por la bajada de precios que han aplicado la mayor parte de las cadenas de distribución.

En concreto, la batalla entre hipermercados y supermercados por captar consumidores ha llevado al primer recorte de precios en la cesta de la compra en al menos los últimos 21 años, cuando se comenzó a realizar el estudio, con un descenso del 3,6% en la compra de productos de marcas líderes.

No obstante, la portavoz de la OCU, Ileana Izverniceanu, advirtió de que en 2008 los precios se dispararon un 11,4%, con lo que ahora están bajando a un ritmo inferior al que subieron los últimos años.

Según el estudio, las cadenas más baratas para hacer la compra de productos de marca son Supermercados Dani (Andalucía), Alcampo, Ekoama (Galicia), Alimerka (Asturias), Dia y Mercadona. Por contra, las más caras son Sánchez Romero (Madrid), Ercoreca (País Vasco), Supermercados Villa (Madrid) y El Corte Inglés.

Alcampo se sitúa como la compañía que más reduce los precios de esta cesta, con un descenso del 5,5%, seguida de Consum (-5,1%), Mercadona (-5%), Carrefour (-4%) y Eroski y Supercor (-3,8%).

En el caso de la 'cesta económica', en la que priman los productos de marcas blancas, el 'ranking' de cadenas más económicas está liderado por Alcampo, que desbanca a enseñas de descuento como Lidl, Aldi y Maxi Dia, a las que sigue Eroski.

Entre los más caros figuran Supercor y El Corte Inglés, aunque la OCU destacó que el grupo que preside Isidoro Álvarez ha reducido los precios de esta cesta un 11,5% en el caso de Supercor, un 10% en Hipercor y un 7,4% en los grandes almacenes gracias a la implantación de 'Aliada' como segunda marca propia.

También bajan los precios de la 'cesta económica' Mercadona (-10,6%) y Alcampo (-8,7%), mientras que otras empresas optan por subirlos a pesar de la crisis, como Simply Market (+3,5%) o Carrefour (+2%).

Vigo, la más barata

La OCU, que analiza en su informe 147.502 precios, detalló que el gasto medio por hogar en una 'cesta tipo', de primeras marcas, se sitúa en 7.108 euros al año, en tanto que en una 'cesta económica' es de 4.966 euros. Según destacó, el porcentaje de consumidores que se decanta por las marcas más baratas ha crecido del 29% al 32% desde comienzos de la crisis.

En cuanto a la clasificación por ciudades, la más barata para comprar productos de marcas líderes es Vigo, seguida de Pontevedra, Orense, Murcia, Cuenca, Puertollano, Palencia, Lugo y Zamora. Por el contrario, Las Palmas vuelve a posicionarse como la más cara, seguida de Bilbao, Santa Cruz de Tenerife, Pamplona, San Sebastián y Madrid.

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Los sindicatos firmarán el incremento salarial del 0,3% para los funcionarios

CC OO, UGT y CSI-CSIF aceptarán la propuesta del Gobierno para subir un 0,3% el sueldo de los funcionarios en 2010, a cambio de recuperar el poder adquisitivo perdido en enero de 2012. La compensación también cubre al fondo de pensiones. Además, el pacto limita la temporalidad y abre la puerta a la jubilación parcial.

Juande Portillo - Madrid - 17/09/2009
Pactar un incremento salarial base del 0,3% en 2010 sería del todo inaceptable", defienden desde Comisiones Obreras. "No lo es porque el acuerdo incluye un compromiso de revisión salarial". Éste resulta ser la clave del pacto plurianual que marcará el sueldo de los funcionarios para el resto de legislatura. Tras recibir "la farragosa" cláusula de garantía propuesta por Moncloa, CC OO, UGT y CSI-CSIF trabajaban ayer en la redacción de una nueva, similar, pero que blinde claramente "el 1 de enero de 2012" como la fecha en que recuperarán el poder adquisitivo perdido en los dos próximos años de contención de sueldos. Una vez resuelto este punto, las tres centrales están dispuestas a dar el "sí" al plan del Gobierno.

Sólo la indisposición de la vicepresidenta del Ejecutivo, María Teresa Fernández de la Vega -que ha sido intervenida quirúrgicamente por una oclusión intestinal-, retrasará la firma del acuerdo. El momento llegará, en cualquier caso, antes del próximo viernes 25, ya que el Consejo de Ministros de ese día debe tratar los Presupuestos de 2010, que se tramitan en octubre.

Pese a rozar la congelación, a nivel retributivo el acuerdo otorga un 0,3% adicional dirigido al fondo de pensiones, lo que sólo afecta a los empleados de la administración central. La aportación del Estado al plan suele ser del 0,5% anual. En virtud del pacto, esta cuantía será retomada en el año 2011 y aumentada al 0,7% en 2010 para compensar el recorte del próximo año.

Los tres sindicatos están "muy satisfechos" con el contenido del acuerdo, que recoge algunas de las reclamaciones fundamentales del colectivo. Para empezar, los empleados públicos verán como se desarrolla -con plazos cerrados- el Estatuto Básico del Empleado Público. Este paso supone la profesionalización del trabajo público mediante procesos de formación y promoción del personal, y debe consolidar la tramitación electrónica de los procesos administrativos.

Contratación de interinos

Otra reivindicación histórica que cumplirá será la aprobación "en 12 meses" de la normativa que permitirá a los funcionarios acogerse a la jubilación parcial.

En cuanto a la reducción de la alta tasa de temporalidad en las administraciones -que ronda el 25%- el compromiso alcanzado es reducirla al 8%. Más allá va la resolución de convertir en indefinidos a aquellos temporales e interinos que iniciaran su labor antes del 1 de enero de 2005. Así mismo, se elimina la tasa de reposición -número de contrataciones por cada salida- en sectores básicos como sanidad, educación, fuerzas de seguridad o servicios sociales, cuyas plantillas podrán seguir creciendo.

El acuerdo cobra aún más relevancia dado que CC OO trabaja con UGT para presentar a la CEOE un modelo similar de contención salarial -con concesiones patronales- de cara a la negociación colectiva de los próximos años.

Jubilación parcial en 12 meses

Principales puntos del pacto:

El Gobierno desarrollará la normativa para permitir la jubilación parcial a los empleados públicos en 12 meses.

El aumento salarial de los funcionarios será del 0,3% en 2010, se negociará sobre el objetivo de inflación para 2011 y permitirá la recuperación del poder adquisitivo perdido en dichos años -calculado sobre el IPC real- en enero de 2012.

Añade un 0,3% al plan de pensiones de los trabajadores de la administración central, que subirá al 0,5% en 2011 y al 0,7% el siguiente ejercicio.

Marca una máximo del 8% de temporalidad y establece el compromiso de hacer fijos a los eventuales e interinos que fueran contratados antes del 1 de enero del año 2005.

Elimina la tasa de reposición en educación, sanidad, servicios sociales, fuerzas de seguridad y en localidades de menos de 50.000 habitantes.

Se marcan plazos para desarrollar el Estatuto Básico del Empleado Público, que regula la formación y los ascensos.

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La letra pequeña de la reforma fiscal ataca a las rentas de más de 35.000 euros

Publicado el 19-09-09 , por C. Cuesta / E. S. Mazo

El plan de subida de impuestos toma cuerpo. Ni un impuesto, ni otro de forma aislada. Sino todos al unísono. Y especialmente en unos tramos que afectan en su gran mayoría a las rentas de más de 35.000 euros.

La necesidad de fondos del Ejecutivo para combatir el déficit de más del 10% (100.000 millones de euros) le llevará a plantear a partir de la próxima semana una subida generalizada de impuestos.

-IVA. Será uno de los grandes protagonistas, con un incremento de un máximo de dos puntos, hasta el 18% (desde el 16% actual). Eso sí, por el momento, la idea es presentar la subida como un alza únicamente temporal, algo que, sin embargo, los técnicos rechazan que pueda cumplirse, pues, más que presumiblemente, deba mantenerse en ejercicios posteriores. De momento, se descarta plenamente la subida del tipo que afecta a los productos de primera necesidad, en el 4%, y sigue en estudio la posibilidad de trasladar la subida también al tipo del 7%, aunque la opinión de buena parte de los técnicos del Ministerio es negativa a elevar el gravamen en este tramo, donde se encuentra, por ejemplo, la vivienda.

-IRPF. El Ejecutivo planteará una reducción del famoso cheque de 400 euros. Eso sí, de forma selectiva, de manera que las rentas más bajas, posiblemente las que no alcancen una cifra entre los 30.000 ó 35.000 euros anuales, sigan manteniendo la deducción. El resto perdería esa rebaja fiscal, una de las bazas de las elecciones de 2008. El Gobierno sabe que gran parte de los contribuyentes perdería este incentivo: la mayor parte de declarantes que percibían íntegramente los 400 euros se encontraban por encima de los 25.000 euros de ingresos brutos.

-Vivienda. La eliminación de la deducción por vivienda, manteniendo los derechos adquiridos, también figura en el plan de subidas. En esta ocasión, de nuevo, las rentas más bajas, presumiblemente las inferiores a unos 25.000 euros, mantendrán la deducción del 15% en el IRPF del importe, hasta un máximo de 9.000 euros por contribuyente, de los intereses más el principal pagado por año para sufragar la compra de la vivienda habitual. Los nuevos compradores con rentas superiores a esos niveles perderán la posibilidad de deducir. Este incentivo, que irá, así, paulatinamente desapareciendo, es uno de los mayores mecanismos actuales de rebaja del pago de impuestos: el dinero dejado de pagar por los contribuyentes gracias a esta desgravación asciende a 4.268 millones de euros por año.

-Rentas del capital. Aunque aún depende de la estructura de apoyos políticos del Gobierno de cara a la aprobación de los Presupuestos, lo cierto es que parece bastante probable que se tenga que ceder a las presiones del PSOE, ERC e ICV y se aplique un endurecimiento de la tributación del ahorro. El tipo aplicable a las plusvalías de fondos, acciones o inmuebles, o intereses de las cuentas, renta fija o depósitos pasaría del 18% al 20%.

- Sicavs. Esta subida arrastraría a los distintos productos o mecanismos de ahorro más sofisticados y selectivos: las sociedades de inversión de capital variable (sicavs), que pasarían a tributar a un tipo único del 20%. A cambio no tendrían que pagar ya en el reparto de dividendos a sus propietarios. De este modo, las sicav podrían tener que tributar por las operaciones de compra-venta de valores realizadas al cierre del año a ese tipo del 20%, aunque no hubiesen trasladado sus beneficios a los partícipes o acciones. Hacienda estudia igualmente arrastrar hacia este mecanismo de liquidación anual de beneficios y pago de impuestos en cada ejercicio al ahorro que puedan mover las sociedades holding, instrumentales o el resto de mecanismos que sean calificados por Hacienda como instrumentos camuflados de ahorro.

- Impuestos Especiales. El Gobierno no oculta que, dentro de este grupo, incluso los tributos que ya han subido, como la gasolina y el tabaco, pueden registrar nuevos incrementos.

Los socios catalanes presionan para endurecer la tributación del tipo máximo de la Renta

- Tipo máximo del IRPF. Pero el plan no acaba ahí. El Gobierno guarda ases en la manga. De este modo, dependiendo de la presión que ejerzan los socios parlamentarios (ERC e ICV), el Ejecutivo no descarta del todo tener que utilizar una subida del tipo máximo del IRPF para rentas cercanas a 90.000 ó 100.000 euros. No es el escenario querido por el Gobierno, pero la presión desde la izquierda para que aborde esta opción empieza a crecer. Los estudios elaborados por los técnicos apuntan a que esta subida, desde el tipo actual del 43%, no debería llegar a superar el 47% ó 48% por los efectos perjudiciales y su escasa eficacia recaudatoria.

- Futbolistas. Otro de los ases, eso sí, de menor cuantía es la eliminación, sin efecto retroactivo, del sistema de tributación por atracción de talento. Este mecanismo permite que los deportistas y otros profesionales de diversos sectores empresariales tributen en España en un único tipo fijo del 24%. Algunos de los socios del PSOE quieren acabar con este mecanismo para los deportistas, y Hacienda rechaza que haya que eliminarlo para el resto de profesionales (ejecutivos, investigadores, etc). La decisión aún depende de las negociaciones parlamentarias hasta diciembre.

Suma y sigue en el ajuste de Zapatero
Las cuentas no cuadran ni siquiera con la subida generalizada de impuestos. La suma del auge de ingresos con este enorme paquete de medidas rondaría los 11.000 ó 12.000 millones de euros, por lo que deberá haber un Plan B. ¿Cuál es este? Las comunidades y la subida camuflada del IRPF en años sucesivos.

Hacienda exige ya la devolución de 6.000 millones a las CCAA por adelantos excesivos de dinero realizados en el pasado. Al haber caído la recaudación, resulta que los cálculos del dinero que se les podía dar a las autonomías se han quedado totalmente largos, con lo que las regiones deben devolver, tal y como recoge la ley. Pero esta misma situación seguirá ocurriendo en los próximos años, puesto que el nuevo modelo de financiación autonómica ha recogido de nuevo este error. Eso sí, la petición de esas devoluciones provocará un clima de fuerte tensión con las autonomías.

La otra pata del Plan B será la subida encubierta del IRPF. España cerrará este en deflación, pero prácticamente en un nivel entre el 0% y el -0,1%. A partir de ahí, cualquier alza de inflación hará que las deducciones, mínimo exentos y el resto de elementos del IRPF vayan perdiendo valor real.

El recorte del gasto también se ha sumado a esta lista. Sin embargo, los departamentos técnicos rechazan que se alcancen los 15.000 millones insinuados por Zapatero. Según ellos, la cifra real de recorte que se obtiene alcanza 8.000 millones, lo que no le da el margen que quería el presidente. Todo esto es la cruz de una inmensa moneda cuya cara es muy reducida: la de una pequeña rebaja de impuestos para pymes que no hayan destruido empleo con respecto a su plantilla media de 2008.

A la vista de esta enorme desproporción, desde departamentos técnicos del Gobierno se ha planteado la posibilidad de extender esta rebaja de Sociedades de las pymes, que reduciría el tipo desde el 25% actual hasta el 20%, a grandes empresas, que pagan el 30%. Con todo, desde los propios salones de Hacienda asumen que la reforma tiene una forma variable, siempre dependiendo de que sea ICV o ERC el respaldo a la Ley de Presupuestos o que lo sea PNV.

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La hora que supera la jornada pactada es extra

Publicado el 14-09-2009 , por María A.Caro. Madrid
La Audiencia Nacional ha anulado parcialmente el convenio colectivo de Danone, que fijaba que “el exceso hasta el límite de la jornada máxima legal en cómputo anual tendrá la consideración de jornada ordinaria de trabajo”.

La sentencia estima que, aunque no se supere el umbral legal, las horas que exceden de la jornada pactada por convenio son extraordinarias y así deben ser remuneradas.

“No existen unas horas extras convencionales a diferencia de las legales, susceptibles de ser remuneradas de una manera distinta en virtud de la mejora introducida en la jornada por la norma pactada. Todas son extraordinarias y a todas les es de aplicación lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores”, apunta.

En el convenio en cuestión las partes negociadoras regularon una jornada de trabajo anual inferior de la máxima legal, en uso de un derecho constitucional. No obstante, según subraya la Sala, “ello no implica que puedan obviar o no estén sometidas a lo establecido en el artículo 35 al fijar la remuneración de las horas extra, en relación con la diferencia de horas entre la jornada convencional y la jornada máxima legal”.

La demandada alegó el carácter voluntario de dichas horas, su retribución económica y en descanso y la circunstancia de que sólo si el trabajador optaba por su retribución sólo monetaria se superaba la jornada anual, argumento que rechaza la Audiencia.

Según el voto particular, “existe un carácter dispositivo para que lo autonomía de las partes pueda determinar el carácter ordinario o extraordinario de las horas de trabajo efectivo comprendidas entre la jornada máxima pactada y la jornada máxima legal”.

El criterio discrepante conduce a que corresponde a la autonomía de los interlocutores sociales determinar en el convenio colectivo el poder calificar las horas que excedan de la jornada pactada y no alcancen la legal del Estatuto de los Trabajadores como horas extra u ordinarias. Y si el convenio carece de precisiones al efecto, han de reputarse extras las horas que excedan de la jornada pactada en el mismo. (AN 03/03/09, Rº 201/2008).

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Preferencias en el puesto en un ERE

Publicado el 07-09-2009 , por María A.Caro.Madrid
La prioridad legal que tiene el Comité de Empresa en la conservación de la relación laboral en un ERE no es absoluta.

La preferencia que tienen los miembros del Comité de Empresa en el mantenimiento de los puestos de trabajo en el momento en el que la compañía sufre un Expendiente de Regulación de Empleo (ERE) no es incondicionada ni absoluta.

Si la suspensión o extinción del contrato de trabajo se extiende a la generalidad de aquellos sujetos que desempeñan igual o análoga actividad en la empresa, desaparece dicha prioridad, según se desprende de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón.

La doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo ha determinado que la preferencia que a los miembros del Comité les atribuye el Estatuto de los Trabajadores es relativa, ya que la mera suspensión de las relaciones laborales no implica la de sus funciones representativas, que podrían seguir ejerciendo.

Asimismo, de la doctrina del Supremo se desprende que la misma prioridad legal que se les otorga en el mantenimiento del puesto presupone conceptualmente la existencia de una pluralidad de trabajadores entre los que quepa ejercitar ese mismo derecho de preferencia. No puede sostenerse válidamente que quepa ejercitar la prioridad “frente a aquellos trabajadores de distinta cualificación cuya permanencia resulte conveniente para la subsistencia de la empresa”, según el tribunal autonómico.

En el supuesto en cuestión, la suspensión de contratos afectó a la práctica totalidad de la plantilla de la empresa, “faltando el término de comparación respecto al cual ejercer la preferencia” en orden a la suspensión del contrato de trabajo, que el recurrente pretendía.

El hecho de que la suspensión de los contratos se haga extensible a la generalidad de los sujetos que desempeñan análoga o igual actividad lleva a que, según la sentencia, no se pueda ejercer la prioridad legal frente a los trabajadores de distinta cualificación cuya permanencia resulte conveniente para que la compañía pueda seguir funcionando en el mercado, “puesto que ello significaría tanto como menoscabar o eliminar, incluso, la eficacia de las medidas tecnológicas, económicas u organizativas adoptadas, manteniendo la subsistencia de relaciones laborales con trabajadores idóneos para desempeñarlas”, apunta. (TSJAR, 09/06/2009, Rº 398/ 2009).

La Sentencia Completa

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La distribución elimina la obligación de tener un 70% de la plantilla fija (nuevo convenio colectivo)

El sector de las grandes superficies ha roto uno de sus acuerdos históricos: el mantenimiento de un 70% de plantilla fija en cada empresa. El convenio colectivo para los próximos tres años deja en manos del conjunto del sector el mantenimiento del empleo estable. Además, una sentencia del Supremo ha obligado a renegociar los horarios laborales, ya que los trabajadores tendrán a partir de 2010, al menos, cinco fines de semana de libranza.

C. G. Bolinches / F. Sanz - Madrid - 15/09/2009
La gran distribución está viviendo tiempos revueltos. A principios de agosto, la patronal Anged selló con los dos sindicatos más representativos del sector el nuevo convenio colectivo para los próximos tres ejercicios. Un texto que supone un antes y un después para las grandes superficies ya que, a partir del próximo año, dejan de comprometerse a tener más de un 70% de la plantilla de trabajadores fijos. De esta forma, desde 2010 sólo existirá el compromiso de "mantener el empleo fijo a nivel sectorial".
Se trataba de una conquista histórica de los trabajadores que data de hace más de 20 años. "Es una vuelta atrás porque este compromiso se consiguió a finales de la década de los 80", señala Ángeles Rodríguez, responsable de negociación colectiva de CC OO. El convenio firmado en 2006 establecía, por ejemplo, que una gran empresa de distribución podría tener un 22% de plantilla temporal siempre que los trabajadores fijos alcanzaran el 70%. Si este porcentaje era de entre el 50% y el 59%, el número de empleados sin contrato estable se reducía hasta el 16%. Fuentes del sector critican la postura de CC OO ya que, aseguran, en los últimos meses ha aprobado varios expedientes de empleo en el sector.
"Hasta ahora también teníamos el compromiso de que cada empresa tenía que comunicar a los comités intercentros cuántos fijos y cuántos empleados temporales había en su plantilla y eso también ha desaparecido", recalca la responsable de CC OO. Pero no todos los representantes de los trabajadores son tan tajantes. Fetico -que junto a Fasga representan a más del 70% de los trabajadores y firmaron en agosto a favor del nuevo convenio- señalan que el empleo se mantendrá sin sobresaltos.
Apuntan que es Anged (que agrupa a empresas como Carrefour, El Corte Inglés o Alcampo) la que mantiene el compromiso de mantener la estabilidad en el empleo. Sin embargo, Fetico, asume que puede darse la circunstancia de que una empresa compense la falta de plantilla fija de alguna de sus competidoras.
Por su parte, Anged destaca los altos niveles de empleo estable del sector que, según su último informe anual (que daa de 2007), ascienden por encima del 74%, frente al 65,9%de media del conjunto del mercado laboral.
Cambio de horarios
Pero la transformación laboral que vive el sector va más allá del mantenimiento del empleo estable. El nuevo convenio aplicable a partir de 2010 ha replanteado la anterior estructura de libranzas semanales. Una sentencia del Tribunal Supremo estableció que los trabajadores deben disfrutar de dos días semanales de libranza.
Una decisión que el convenio del sector de las grandes superficies ha traducido en cinco fines de semana libres al año, al margen del mes de vacaciones. Este cambio obliga a todas las compañías del sector a replantearse la distribución de las jornadas laborales de sus trabajadores. Es decir, en la práctica, para poder tener fines de semana de asueto los trabajadores deberán añadir horas a sus jornadas diarias o ampliar los días de trabajo, principalmente, en los periodos de mayor consumo, como las temporadas de rebajas.
Y los acuerdos deben ser inminentes. En enero tiene que estar en marcha la nueva distribución de horarios. Por eso las reuniones de cada empresa con los representantes de los trabajadores deben concluir, según fuentes sindicales, antes de que concluya noviembre. Desde Fetico señalan que, en cualquier caso, serán acuerdos "complejos", no sólo empresa por empresa sino prácticamente trabajador por trabajador.
Una de las compañías que ya ha abierto un periodo de consultas es El Corte Inglés. El grupo español se ha comprometido a mantener su plantilla y para ello quiere reacomodarla en función de los picos de afluencia a sus grandes almacenes, es decir, necesita más flexibilidad. La próxima reunión con los sindicatos está prevista para esta semana y, por el momento, la compañía no sabe a cuántos trabajadores afectarán los cambios.

Un convenio colectivo que causa discordia sindical

La renegociación de los horarios de las grandes superficies y la ruptura de los niveles de empleo fijo no son los únicos puntos de fricción entre los sindicatos del sector. Los servicios jurídicos de CC OO están analizando los pormenores de un acuerdo sellado en agosto y que, consideran, va en perjuicio de los trabajadores. Especialmente en las actuales circunstancias económicas. Sin embargo, Fetico y Fasga, que son desde hace décadas los más representativos del sector, apoyaron el convenio. CC OO critica, por ejemplo, que hasta ahora se cobraba el 100% de las prestaciones por incapacidad temporal y que, a partir de 2010, no se cobrarán los tres primeros días si se realizan más bajas en el mismo año. Fetico y Fasga destacan el incremento salarial del 2% para 2009. Aunque para los próximos años, las subidas estarán ligadas a una media del IPC real y del previsto en función de la evolución de las ventas de las grandes superficies que elabora el INE.

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Los universitarios en paro ya pueden solicitar la matrícula gratuita para másteres

Los titulados universitarios que se encuentran en situación de legal de desempleo podrán solicitar a partir de hoy y hasta el 30 de octubre las ayudas para la matrícula de másteres oficiales en cualquiera de las universidades públicas para el curso 2009-2010, según publicó hoy el Boletín Oficial de Estado (BOE).

Ep - Madrid - 21/08/2009

La medida, anunciada por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en el último Debate sobre estado de la nación, cuenta con un presupuesto de 70 millones de euros: 49 millones -de los Presupuestos Generales del Estado- correspondientes a la convocatoria publicada hoy y 21 millones que próximamente se distribuirán entre las comunidades autónomas.

Los desempleados que deseen estudiar un máster deberán presentar, en el momento de matricularse en la Universidad, la solicitud de la ayuda -disponible en www.educacion.es-, así como documentación acreditativa de encontrarse en situación legal de desempleo y tener reconocido el derecho a percibir prestación o subsidio de desempleo en el momento de formalizar la matrícula.

Quienes soliciten la ayuda y cumplan los requisitos podrán formalizar su matrícula sin el previo pago de los precios públicos por servicios académicos. Una vez resueltas las solicitudes, el departamento que dirige Angel Gabilondo abonará a las universidades los costes de la matrícula de los estudiantes beneficiarios.

No obstante, las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Por tanto, en el caso de que el importe de las ayudas superase la cuantía total prevista, se adjudicarán de forma inversamente proporcional a la renta per cápita del solicitante.

Si el alumno abandona los estudios, o no ha superado un tercio de los créditos matriculados, deberá reintegrar el importe de la matrícula, a no ser que el abandono se deba a que ha encontrado trabajo.

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El Euríbor vuelve a bajar y abaratará las hipotecas en 400 euros

La caída del mes de agosto supuso un recorte de más de 300 euros al mes

07/09/2009 - 11:41
- EUROPA PRESS

El Euríbor, tipo de interés al que se conceden la mayoría de las hipotecas en España, situó hoy su tasa diaria en el 1,283%, tras romper el jueves la barrera del 1,3% por primera vez en su historia, con lo que suma diez sesiones seguidas de descensos.

El indicador continúa así la senda bajista después de que el Banco Central Europeo (BCE) decidiese el pasado jueves mantener en el 1% los tipos oficiales de interés. Los expertos aseguran que el indicador continuará descendiendo hasta situar su suelo en el 1,2%, con lo que su diferencial se mantendrá en torno a 20 puntos básicos respecto al precio oficial del dinero.

El Euríbor continúa en niveles mínimos históricos y de seguir así hasta el cierre del mes podría sumar un nuevo descenso mensual que recortaría aún más la cuota que los consumidores pagan por sus hipotecas.

La caída del mes de agosto supuso un recorte de más de 300 euros al mes, lo que elevó el descenso anual hasta casi los 4.000 euros. No obstante, las asociaciones de consumidores denuncian que la caída del Euríbor no se traslada en su totalidad a los consumidores, por lo que aconsejan a éstos revisar el contrato de su hipoteca.

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Corrigiendo un error - Incremento del Salario Mínimo Interprofesional para 2009

Incremento del Salario Mínimo Interprofesional para 2009

El Gobierno va a continuar la mejora del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) -que ha permitido situarlo en 600 euros mensuales en 2008- de manera que alcance de manera gradual una cuantía de, al menos, 800 euros mensuales en 2012.
El incremento que el Gobierno ha aprobado para 2009 es de un 4,0 %. Las cuantías para 2009 serán las siguientes: al día, 20,80 euros; al mes, 624 euros; al año, 8.736 euros.

Teniendo en cuenta que el consenso de los analistas sitúa sus previsiones de inflación media para 2009 en el entorno del 1%, la subida del SMI va a suponer el segundo mayor incremento en términos reales de los últimos 17 años (únicamente superado por el registrado a mediados de 2004 cuando, de manera excepcional, se incrementó el SMI para recuperar el poder adquisitivo perdido en las dos legislaturas precedentes).
Beneficiarios

No existen fuentes adecuadas para estimar con exactitud los beneficiarios de los incrementos del SMI. No obstante, algunos estudios estiman en más de 500.000 los trabajadores que perciben de forma directa retribuciones equivalentes al mismo. Dichos trabajadores son principalmente jóvenes e inmigrantes.

Estado

En vigor. Aprobado por el RD 2128/2008, 26 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2009, publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2008.

Información adicional

Boletín Oficial del Estado

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Gracias Alberto
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Se amplía la ayuda de los 420 euros desde el 1 de enero

Se amplía la ayuda de los 420 euros desde el 1 de enero y el paro sigue creciendo
Se ha producido después de más de un día de negociaciones
02/09/2009 - 11:31 - EFE

El grupo socialista ha llegado a un acuerdo con los partidos de izquierda en el Congreso para ampliar la prestación de 420 euros a los parados sin cobertura desde el 1 de enero, en lugar del 1 de agosto como señala el real decreto-ley que regula esta ayuda.


Fuentes parlamentarias confirmaron a Efe dicho acuerdo, que se ha producido después de más de un día de negociaciones, aunque señalaron que aún se sigue discutiendo para pulir sus términos.
El Gobierno se comprometió a ampliar la cobertura de esta ayuda, que en un principio sólo llegaba a los parados que se habían quedado sin prestación a partir del 1 de agosto, aunque en principio estaba dispuesto a hacerlo desde el 1 de junio y no antes, una propuesta que sindicatos y partidos consideraban insuficiente.

El acuerdo también suprime del texto la condición de que la tasa de desempleo esté por encima del 17% para mantener la medida más allá de seis meses.

Además, una vez que la medida haya entrado en vigor y transcurran los seis meses se estudiarán las fórmulas para ver si es necesario prorrogarla y de qué manera.

Tras conocer este acuerdo, la secretaria general de Empleo, Maravillas Rojo, señaló que para llevarlo a cabo será necesario modificar el techo de gasto presupuestario.

La ampliación supondrá, según Rojo, que la ayuda beneficie a entre 250.000 y 300.000 personas más de las previstas, que eran 340.000, en tanto que el gasto -inicialmente 640 millones- se incrementaría unos 700 millones de euros, 100 millones extra por cada mes adicional.

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Pago Unico de la Prestación

Consiste en la percepción en un sólo pago de la prestación por desempleo, con el fin de destinar la cuantía a la realización de una actividad profesional como socio de una Cooperativa de Trabajo Asociado o de una Sociedad Laboral, o como trabajador por cuenta propia o autónomo en el supuesto de personas discapacitadas con una minusvalía reconocida igual o superior al 33%. También pueden cobrarlo los trabajadores sin discapacidad que vayan a darse de alta en el Régimen de Autónomos con algunas diferencias en relación a los anteriores.

Incorporación al Régimen de Autónomos

El Servicio Público de Empleo Estatal podrá abonarle de una sola vez el importe que justifique como inversión necesaria para iniciar la actividad o negocio, con el límite máximo del 60 por 100 de la cuantía de la prestación contributiva pendiente por percibir calculada en días completos (R.D. 1975/2008, de 28 de noviembre).

Es decir, que si la cantidad que se justifica como inversión necesaria no supera el 60 por ciento del importe de la prestación pendiente, se abonará en el pago único la cantidad que corresponde a la inversión que se justifica, y si supera el 60% de la prestación pendiente, se abonará en el pago único el referido límite del 60%.

Si es Vd. un trabajador afectado por una minusvalía igual o superior al 33 por ciento, la cantidad que puede obtener en un solo pago para financiar la inversión no está sujeta al indicado límite del 60 por ciento.

Además podrá solicitar que se le abone el importe restante, hasta completar la cuantía de prestación pendiente de percibir, en pagos mensuales para subvencionar las cuotas de autónomo del sistema de Seguridad Social español.

En definitiva, se trata de dos modalidades distintas de obtener el pago único o capitalización. El trabajador podrá elegir entre solicitar conjuntamente ambas (un solo pago con el límite del 60% y el resto en pago mensuales para las cuotas de la Seguridad Social), solicitar únicamente ayuda a la inversión inicial (en un solo pago con el citado límite) y sin subvención de cuotas, o destinar el total del importe de su prestación contributiva a subvencionar las cuotas de la Seguridad Social en pago mensuales.

Incorporación a una sociedad laboral

Puede solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal cobrar la prestación contributiva pendiente de percibir le sea abonada en un solo pago por un importe equivalente al de la cantidad que va a destinar a la adquisición de acciones (sociedad anónima laboral) o a participaciones(sociedad limitada laboral), ya sean en metálico o en especie, del capital social.

No se puede financiar a través de la capitalización el coste de ampliaciones de capital, ni desembolsos futuros o aplazados del coste de las acciones o participaciones sociales.

Si el importe que destina a la compra de acciones o participaciones del capital social fuera inferior al de la cuantía de su prestación, puede solicitar que el importe restante se le abone en pagos mensuales para financiar el coste de las cuotas de la Seguridad Social durante el desarrollo de su actividad.

Son dos modalidades distintas de obtener el pago único o capitalización. El trabajador podrá elegir solicitar conjuntamente ambas (un solo pago para acciones o participaciones y pagos mensuales para la cotización a la Seguridad Social), solicitar únicamente ayuda a la adquisición de acciones o participaciones, o destinar el total del importe de su prestación contributiva a subvencionar las cuotas de la Seguridad Social

Requisitos

*Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de percibir, al menos, tres mensualidades.

*No haber hecho uso de este derecho en los cuatro años inmediatamente anteriores.

*Que la actividad que pretende realizar sea como trabajador autónomo, dándose de alta como tal en la Seguridad Social, como socio trabajador estable de una cooperativa o sociedad laboral en funcionamiento (no puede haber mantenido anteriormente una relación laboral o societaria con la misma superior a 24 meses).

*Acreditar un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 cuando vaya a realizar una actividad como trabajador autónomo, en su caso.

*No iniciar la actividad con anterioridad a la solicitud de la capitalización de prestaciones.

*Si hubiera presentado demanda frente al cese de la relación laboral origen de la prestación, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución del procedimiento judicial.

Solicitud

Se efectuará en la Oficina de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora correspondiente.

Se podrá efectuar en el momento de tramitar la prestación por desempleo que se pretende capitalizar o en cualquier momento posterior, siempre que tenga pendiente de percibir, al menos, tres mensualidades.

Los trabajadores que perciban su prestación en esta modalidad de pago único, no podrán volver a percibir prestación por desempleo hasta que no transcurra un tiempo igual al que capitalizó las prestaciones, ni solicitar una nueva capitalización mientras no transcurran, al menos, cuatro años.

Obligaciones del trabajador

Una vez percibida la capitalización, iniciar, en el plazo máximo de un mes, la actividad laboral.

Presentar ante la Entidad Gestora la documentación acreditativa del inicio de la actividad.
Destinar la cantidad percibida a la aportación social obligatoria, en el caso de cooperativas o sociedades laborales, o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de trabajadores autónomos, con o sin minusvalía. En caso contrario, supondrá el cobro indebido de la misma y procederá su reintegro.

La percepción de la prestación por su valor actual será compatible con otras ayudas que para la promoción del trabajo autónomo o la constitución o integración en cooperativas o sociedades laborales pudieran obtenerse.

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Si está en el paro, sepa cómo cobrar la prestación de desempleo

Guía para saber lo qué cobrará

Conozca qué documentación debe presentar y cuándo cobrará

13/01/2009 - 08:13 - CRISTINA CASILLAS

Los últimos datos sobre desempleo arrojaron una cifra sobrecogedora. España cerró 2008 con más de tres millones de desempleados, un 47% más que en 2007. Para muchos de estos parados es la primera vez que se quedan sin ocupación y tienen derecho a la prestación. Finanzas.com ha elaborado una breve guía con la que intentará despejar sus dudas y evitar que deba soportar repetidas colas en los servicios públicos del INEM.

Podrán cobrar la prestación por desempleo los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social; los funcionarios y contratados temporales por las Administraciones Públicas; los militares de complemento y militares profesionales de tropa y marinería y los extranjeros que residan legalmente en España y que dispongan de autorización de residencia temporal y trabajo.

Si llevaba más de un año trabajando para acceder a la prestación por desempleo debe de estar afiliado a la Seguridad Social, encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para encontrar trabajo, aceptar una colocación adecuada y suscribir un compromiso de actividad. Además, el solicitante deberá tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación de desempleo. Por último, no haber cumplido la edad ordinaria que se exige para la pensión de jubilación, salvo que no se tuviera derecho a ella por falta de cotización.

En el caso de que no haya cubierto el período mínimo de cotización puede acceder al subsidio por desempleo. Para ello, debe de estar desempleado y en situación legal de desempleo. Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de 15 días desde la situación legal de desempleo y suscribir el compromiso de disponibilidad. Además, debe tener cotizados, en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo, al menos 3 meses si tiene responsabilidades familiares , o 6 meses si no las tiene. Por otro lado debe de carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias.

Si cumplimos cualquiera de estos dos requisitos hay que inscribirse como demandante de empleo y pedir la prestación en la Oficina de Empleo en los 15 días hábiles siguientes a la situación de paro.

En cuanto a la documentación que se debe presentar es la siguiente:

* Solicitud de la prestación en modelo normalizado, que facilita la oficina del Servicio Público de Empleo.(En él se incorporan datos relativos a los hijos, rentas y autorización de petición de información a la AEAT)
Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo, es decir, el DNI o documento equivalente y el libro de familia.

* Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos 6 meses (o documento acreditativo que corresponda)

Por otro lado, deberá suscribirse un compromiso de actividad, esto es, que se está en disposición de buscar empleo y de aceptar una colocación adecuada, así como de participar en acciones de formación.

Si interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar ese último periodo de un año o más, podrá elegir entre reanudar la prestación que suspendió o cobrar la nueva que ha generado. Si para trabajar el último periodo de un año o más, interrumpió el cobro de un subsidio por desempleo, deberá solicitar la nueva prestación por desempleo generada.

La duración de la prestación se extiende en función del período cotizado en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, con arreglo a la siguiente escala:

Período de ocupación cotizada en los 6 años anteriores Duración de la prestación

Desde 360 hasta 539 días 120 días

Desde 540 hasta 719 días 180 días

Desde 720 hasta 899 días 240 días

Desde 900 hasta 1.079 días 300 días

Desde 1.080 hasta 1.259 días 360 días

Desde 1.260 hasta 1.439 días 420 días

Desde 1.440 hasta 1.619 días 480 días

Desde 1.620 hasta 1.799 días 540 días

Desde 1.800 hasta 1.979 días 600 días

Desde 1.980 hasta 2.159 días 660 días

Desde 2.160 días 720 días

El importe mínimo, siempre y cuando el trabajador no tenga hijos a su cargo, será del 80% del Indicador de de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incrementado en una sexta parte, esto es, 465,92 euros al mes. Este dato lo fijo la Ley de Presupuestos y para 2008 el mensual es de 516,90 euros.

Cuando tenga al menos un hijo a su cargo, percibirá el 107% del IPREM incrementado en una sexta parte, esto es, 623,16 euros al mes. Con dos hijos o más a su cargo, hasta 1.310, 40 euros mensuales, ya que se incrementaría hasta el 200%). En cualquier caso, la cuantía exacta se puede calcular desde la página web del INEM.

Estas retribuciones también están sujetas a retenciones como la Seguridad Social o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por último, el pago de la prestación se realizaba por meses vencidos entre los días 10 y 15 de cada mes, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera colaboradora indicada por el trabajador, de la que sea titular, salvo en los casos, debidamente justificados, en los que la entidad gestora permita el pago en efectivo por la entidad financiera. Recientemente, se ha aprobado para que se abone los primeros días de cada mes.

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La ayuda de 420 euros podrá cobrarse a partir de septiembre

Los desempleados que cumplan los requisitos y hayan agotado su prestación podrán cobrar 420 euros a partir del 10 de septiembre, según el director general del INEM, Javier Orduña, quien subrayó que el lunes solo hubo incidencias "en seis o siete" de las 711 oficinas de empleo que hay en España.

Efe - Madrid - 18/08/2009

En declaraciones a Efe, Orduña dijo que el "enfado" del público que acudió a las oficinas de empleo se debió a "la afluencia masiva de demandantes" para solicitar esta ayuda, "que desbordó las previsiones" y también porque muchos desconocían los requisitos para acogerse a esta medida, como que la ayuda es para quienes hayan agotado su prestación desde el 1 de agosto.

"Todo el dispositivo estaba preparado", señaló Orduña, y solo faltaba la fecha de la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (que fue el sábado, 15).

No obstante, los impresos estuvieron listos en todas las oficinas a las 09.45 horas, afirmó Orduña, quien añadió que, además, para quien no quiera hacer cola, los impresos se pueden obtener en la página web del INEM.

Orduña dijo que el lunes se montó el dispositivo y hoy se han enviado cartas y 35.000 sms a móviles de aquellas personas cuyas prestaciones terminen en agosto, operación que se irá repitiendo conforme los demandantes vayan agotando este derecho.

El director general del INEM consideró que "lo más importante" es que todos los que se acojan a la medida deben cumplir un itinerario de búsqueda de empleo, "lo que implica que el desempleado debe participar en acciones que le proponga su comunidad autónoma".

También explicó que los que reciban los 420 euros "seguirán siendo considerados como desempleados".

Ante las críticas que ha suscitado el hecho de que solo se puedan acoger a esta iniciativa quienes hayan agotado su prestación desde el 1 de agosto, Orduña afirmó que "lo normal" es que la ley entre en vigor tras su publicación en el BOE (en este caso sería el día 16), en tanto que el Gobierno ha hecho "un esfuerzo" para que sea efectivo desde primeros de mes.

Asimismo, dijo que el demandante tiene derecho a seis meses "independientemente de cuando se produce el hecho causante".

Es decir, un demandante que agota su prestación el 30 de enero, tiene derecho a seis meses a partir de entonces pero si en esos seis meses encuentra trabajo y vuelve a quedar en paro se le volvería a pagar lo que no hubiese consumido de esa prestación, explicó.

Aunque recordó que los potenciales beneficiaros de esta medida son 340.000 personas, explicó que es muy "complejo" calcular el número de personas que se quedan fuera de la cobertura porque depende de diferentes factores.

No obstante, quienes por diversas circunstancias quedan excluidos también tienen derecho a acudir a las rentas que las comunidades autónomas tienen previstas para estos colectivos.

Orduña recalcó que en lo que va de 2009 hay 2.000 personas más (un incremento de plantilla del 20%) para atender este programa y el aumento de expedientes que se ha producido por la crisis económica.

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